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jueves, 3 de octubre de 2024

CRIPTOSELLOS POSTALES

 

 

Esta semana a los alumnos que debatan sobre los Criptosellos de correos. Y les planteamos varias cuestiones. ¿Qué es un Criptosello? Partes del Criptosello, ¿Qué es Polygon? ¿Qué es un NFT? ¿Qué es ERC1155? ¿Se pueden transferir, franquear y desde dónde? ¿Son todos iguales? Datos del contrato y Últimas transacciones


 

El coleccionismo digital llega a la filatelia de la mano de Correos con la emisión del primer Criptosello de España y con Mortadelo, el legendario personaje de Francisco Ibáñez, como protagonista.  Un Criptosello es un producto filatélico que contiene un sello físico y un gemelo digital irreemplazable (un NFT registrado en blockchain), convirtiendo cada sello en un objeto único.

¿Qué es un Criptosello?

Un Criptosello es una fusión entre el sello tradicional y una imagen digital (gemelo digital) que se encuentra registrada en la blockchain de Polygon.

El Criptosello contiene toda la información necesaria para visualizar el gemelo digital, disfrutar de esta imagen en realidad aumentada, verificar su registro en la red de blockchain y traspasarla a tu cartera digital.

Hay 5 gemelos digitales distintos. Para descubrir la imagen que te ha correspondido debes leer el código QR.

Partes del Criptosello

Un Criptosello es una tarjeta que en el anverso contiene un sello físico (TUSELLO con valor facial 9,95€): Este sello se puede despegar de la tarjeta para utilizarlo en franqueo postal. El sello además contiene un código QR que nos permite visualizar el sello digital. También se puede visualizar introduciendo el código alfanumérico que aparece en el reverso (“código para visualizar”).

En la parte posterior de la tarjeta del Criptosello hay una banda adhesiva protectora desplegable: cuando esta banda se retira queda marcada con el texto OPEN-VOID (sistema de protección que garantiza que el código para transferir a la cartera del propietario del Criptosello no ha sido descubierto previamente). Bajo ella se encuentra el código QR que nos permite transferir el gemelo digital a nuestra cartera. También se puede utilizar la clave alfanumérica que hay junto a este código (“Código para transferir el sello digital”).

1. Sello Físico

Un sello con un valor de 9,95 € que podrás utilizar para franqueo postal.



2. QR y código de visualización

Podrás visualizar el gemelo digital que te ha correspondido escaneando este QR con la cámara de tu dispositivo o pulsando el código QR e introduciendo el código.



3. Código para transferir a la cartera digital

Para transferir el CRIPTOSELLO introducir o leer el código QR para transferir el gemelo digital a la cartera que tengas conectada.



Blockchain, o cadena de bloques, es un sistema para almacenar información de forma segura y transparente. Se trata de una especie de libro de contabilidad digital compartido por una red de ordenadores, donde cada transacción se registra en un bloque que se enlaza con el bloque anterior.

Las principales características de blockchain son:

·           Seguridad: La información es muy difícil de falsificar o modificar.

·           Transparencia: Todos los participantes de la red pueden ver todas las transacciones.

·           Descentralización: No hay una autoridad central que controle la red.

Blockchain se utiliza para una gran variedad de aplicaciones, en el caso del Criptosello, para dar valor digital al sello, para certificar quién es el propietario y para garantizar su autenticidad y su unicidad.

Polygon es la red blockchain sobre la que se depositan los NFT asociados a Criptosello: funciona como una autopista secundaria para la red principal de Ethereum (la autopista principal). Ayuda a descongestionar el tráfico de transacciones, haciendo que todo sea más rápido y barato. Se trata de una capa adicional construida sobre Ethereum para mejorar la eficiencia de las transacciones.

Un NFT, o token no fungible, es un activo digital único e irremplazable. Se basa en la tecnología blockchain y puede representar cualquier cosa, como una obra de arte, un objeto de colección, un videojuego o incluso un tuit. También con un Criptosello.

Las principales características de los NFT son:

·           Unicidad: Cada NFT es único y no se puede reemplazar por otro.

·           Irrefutabilidad: La propiedad de un NFT está registrada en la cadena de bloques, lo que la hace irrefutable.

·           Transferibilidad: Los NFT se pueden comprar, vender y transferir entre usuarios.

 

ERC-1155 es un estándar de token de Ethereum diseñado para optimizar la creación y gestión de criptoactivos. Permite la combinación de tokens fungibles y no fungibles en un único contrato inteligente, lo que agiliza las transacciones y reduce los costos tanto para el creador del NFT como para los propietarios que quieren transferirse los NFTs a sus carteras y hacer otras operaciones posteriormente.

El Criptosello se guardará en tu cartera digital una vez que lo transfieras. Hasta ese momento, tu gemelo digital no será generado.

Para transferir a tu cartera un gemelo digital necesitas:

·           Cartera digital conectada a la red de Polygon y que soporte tecnología NFT. Una de las más usadas es Metamask.

·           Acceder a la web (www.Criptosello.correos.es), con un navegador Web3, es decir, un navegador equipado con una extensión de una cartera digital, por ejemplo, MetaMask, Coinbase Wallet u otros tipos similares.

El sello físico contenido en el Criptosello puede franquearse para enviar correo tradicional o coleccionarse como cualquier otro sello. Su valor facial es de 9,95€



Los cinco gemelos digitales aparecen con distinta frecuencia dentro de la colección, atribuyéndoles así una “rareza digital” diferente. Hay más ejemplares del disfraz correspondiente al tomo más moderno, mientras que el disfraz extraído del tomo más antiguo aparece con menos frecuencia, lo que convierte a los gemelos digitales con menos unidades en más especiales. Para visualizar el gemelo digital del Criptosello, puedes escanear el código QR que figura en el anverso con tu teléfono móvil o pulsar el icono QR que está en la esquina superior izquierda de la página www.Criptosello.correos.es, e introducir manualmente el código que aparece en el reverso de la tarjeta (código de visualización) en el pop-up que aparece.

Datos y estadísticas a la fecha







 

Fuentes

https://www.Criptosello.correos.es/

https://polygon.blockscout.com/token/0x8fA19F4316dF640e14b30B2fE749cbdd79Da9335

https://www.linkedin.com/pulse/criptosellos-postales-m%25C2%25AA-consuelo-s%25C3%25A1nchez-castro-d%25C3%25ADaz-guerra-txmze

 

miércoles, 2 de octubre de 2024

reforzar la fiscalidad de los criptoactivos

El Consejo de Ministros aprueba la transposición de la Directiva DAC8 para reforzar la fiscalidad de los criptoactivos

 


El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el anteproyecto de Ley que transpone la Directiva europea DAC8, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, con el objetivo de reforzar las obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas.

 El Consejo de Ministros ha aprobado hoy en primera vuelta un anteproyecto de Ley para proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. Esta disposición comunitaria, más conocida como DAC8 y que ahora inicia su trámite de información pública, supondrá cambios normativos sobre las obligaciones tributarias relacionadas con el mercado de las criptomonedas. En concreto, permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, en las que se sustituye el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo. Al margen de las modificaciones anteriores, que afectan al ámbito de la asistencia mutua, en el anteproyecto de ley también se efectúan diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT) en materia recaudatoria.

Entre las principales novedades está la ampliación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y los saldos en criptoactivos, sustituyendo el concepto de “moneda virtual” por “criptoactivo”. Estas disposiciones afectarán tanto a los usuarios residentes como a los no residentes en España. 

Este nuevo marco permitirá a España adelantarse en la regulación de este sector, garantizando el cumplimiento de las obligaciones de asistencia mutua entre los Estados miembros de la Unión Europea, y facilitando el intercambio de información a nivel internacional, en sintonía con los acuerdos internacionales que se suscriban en esta materia.

Modificaciones en la Ley General Tributaria 

Además, el anteproyecto introduce modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT), entre las que destaca el reconocimiento expreso de las criptomonedas como bienes susceptibles de embargo, equipándolos con otros activos digitales, como los fondos situados en entidades de dinero electrónico.

Impacto de la normativa

La implementación de la DAC8 supone un avance importante en el intercambio internacional de información fiscal, reforzando los mecanismos actuales y ampliando el alcance de la información intercambiada entre las autoridades fiscales. Esto permitirá una mayor eficiencia en la asistencia al contribuyente y un mejor control del fraude fiscal.

El proceso de transposición incluye una fase de información pública, durante la cual se podrán hacer observaciones y comentarios al anteproyecto de ley. Una vez finalizada esta fase, el texto se remitirá al Parlamento para su tramitación legislativa.

 

Fuentes

https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Prensa/En%20Portada/2024/Paginas/20240917-PROVEEDORES-CRIPTOMONEDAS.aspx 

Directiva (UE) 2023/2226

Directiva 2011/16/UE

Comunicado del Ministerio d