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domingo, 20 de julio de 2025

Incentivos Fiscales Renovados: IBI e ICIO Impulsan la Energía Renovable y la Electrificación Industrial

 

El 25 de junio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. Esta normativa representa un hito fundamental en la política energética española, orientada a impulsar la transición hacia un modelo más sostenible, descarbonizado y eficiente. Entre las diversas medidas adoptadas, destacan especialmente aquellas que buscan incentivar la instalación de sistemas de energía renovable y la electrificación de los procesos industriales, mediante la actualización y mejora de los incentivos fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Incentivos fiscales en el IBI e ICIO: un impulso a la sostenibilidad

El Real Decreto-ley 7/2025 refuerza las herramientas fiscales existentes para fomentar la inversión en energías limpias. Las modificaciones en el IBI e ICIO se articulan como bonificaciones clave para:

  • Instalación de sistemas de energía renovable: Se busca promover la implementación de tecnologías como la solar fotovoltaica, la solar térmica, la aerotermia y la geotermia, entre otras, tanto en el ámbito residencial como en el industrial y comercial. La bonificación en el IBI se aplica sobre la cuota íntegra del impuesto, mientras que la del ICIO se dirige a la reducción del coste de las licencias de obra necesarias para la instalación de estos sistemas. Estas bonificaciones se modulan en función de la potencia instalada, la eficiencia energética del sistema y el grado de autoconsumo.
  • Electrificación industrial: Con el objetivo de reducir la dependencia de los combustibles fósiles en el sector industrial, el Real Decreto-ley introduce y/o amplía bonificaciones para aquellos proyectos que supongan la sustitución de procesos basados en energías convencionales por otros eléctricos, siempre que dicha electrificación se realice con criterios de eficiencia y sostenibilidad. Esto incluye, por ejemplo, la electrificación de calderas, hornos o flotas de vehículos industriales.

Es crucial destacar que la aplicación de estas bonificaciones suele estar sujeta a determinados requisitos y condiciones, como la obtención de las certificaciones energéticas correspondientes, la verificación de la correcta instalación de los sistemas y, en ocasiones, la presentación de planes de inversión o proyectos técnicos que justifiquen la eficiencia y el impacto ambiental positivo de las actuaciones.

Modificación en el IAE: elemento tributario "potencia instalada" y Nuevas tipologías de autoconsumo

Además de los incentivos en IBI e ICIO, el Real Decreto-ley 7/2025 introduce novedades significativas en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que complementan la estrategia de fomento de las energías renovables y la eficiencia energética:

  • Elemento tributario "potencia instalada": Se establece la potencia instalada como un nuevo elemento tributario en el IAE, especialmente relevante para actividades relacionadas con la generación, distribución y comercialización de energía. Esta modificación busca una mayor equidad en la tributación de las empresas del sector energético y una adaptación a las nuevas realidades del mercado, donde la capacidad de generación y la infraestructura son elementos clave. La forma en que se pondera este elemento puede influir en la carga fiscal de las empresas, incentivando o desincentivando ciertos modelos de negocio.
  • Nuevas tipologías de autoconsumo: El Real Decreto-ley 7/2025 reconoce y regula nuevas modalidades de autoconsumo, más allá del autoconsumo individual tradicional. Esto incluye, entre otras:
    • Autoconsumo compartido o colectivo: Permite a varios consumidores beneficiarse de una misma instalación de generación, lo cual es especialmente relevante para comunidades de vecinos, polígonos industriales o agrupaciones de empresas. Esta figura fomenta la optimización de recursos y la reducción de costes de instalación.
    • Autoconsumo con excedentes: Facilita la inyección a la red de la energía no consumida, estableciendo mecanismos de compensación simplificada que hacen más atractiva la inversión en instalaciones de autoconsumo con capacidad de generar más allá de la demanda instantánea.
    • Autoconsumo de proximidad: Promueve la generación distribuida en áreas cercanas al consumo, reduciendo las pérdidas en la red y fomentando la resiliencia del sistema eléctrico local.

Estas nuevas tipologías de autoconsumo, junto con la modificación en el IAE, buscan eliminar barreras administrativas y económicas que limitaban el desarrollo del autoconsumo, convirtiéndolo en un pilar fundamental para la descarbonización y la autonomía energética a nivel local y regional.

En resumen, 

el Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, no solo sienta las bases para un sistema eléctrico más robusto y resiliente, sino que, a través de la actualización de las bonificaciones del IBI e ICIO y las modificaciones en el IAE, envía una clara señal a ciudadanos y empresas: la inversión en energías renovables y la electrificación son un camino prioritario para España, ofreciendo incentivos tangibles para acelerar esta transformación.